La Fundación AstraZeneca es una institución sin ánimo de lucro con un decidido interés por el impulso de la investigación, la ciencia y la difusión de los resultados, apostando por el talento científico y promoviendo el desarrollo de proyectos de investigación en sus diferentes campos, con la finalidad de potenciar la modernización de la estructura sanitaria española cooperando en el área de la salud. Todo ello, con el objetivo de brindar soluciones e innovaciones que mejoren la calidad de vida y bienestar de las personas.
En este contexto, la Fundación AstraZeneca ha puesto en marcha una estrategia de fomento de jóvenes científicos españoles y en la que se enmarca la iniciativa de Premios a Jóvenes Investigadores. En esta VI edición de los premios, la Fundación AstraZeneca busca potenciar la carrera de jóvenes científicos en el área de salud mediante el desarrollo de proyectos de investigación, evaluados por el Instituto de Salud Carlos III y en torno a las siguientes cuatro prioridades temáticas: “Oncología, Medicina de Precisión e Inmunoncología”, “Respiratorio e Inmunología”, “Cardiovascular, Renal y Metabolismo” y “Vacunas e Inmunoterapias”. El objetivo principal es facilitar la obtención de resultados trasladables que impacten en la mejora de la salud de los ciudadanos y generar un mayor conocimiento científico mediante el fomento de sinergias entre grupos de investigación noveles, siendo este último aspecto la principal novedad de esta edición.
La Fundación AstraZeneca también valora el trabajo y la dedicación del talento científico de aquellos investigadores con una destacada trayectoria de excelencia científica. Por eso, esta VI convocatoria incluye la concesión de un premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, que irá destinado a seguir impulsando la línea de investigación del investigador galardonado.
Índice de contenidos
- 1 BASES GENERALES
- 2 CONCENSIÓN DE AYUDAS Y COMUNICACIÓN
- 2.1 1. Presentación de solicitudes
- 2.2 2. Procedimiento, criterios de valoración y órganos competentes para la evaluación de las propuestas.
- 2.3 3. Concesión de las ayudas y comunicación a las entidades solicitantes beneficiarias
- 2.4 4. Pago de la ayuda
- 2.5 5. Seguimiento de resultados de los proyectos de investigación en red por parte de la Fundación AstraZeneca
- 2.6 6. Difusión del Programa
- 2.7 7. Confidencialidad y tratamiento de datos.
BASES GENERALES
Primera.- Objeto:
Las presentes Bases pretenden fijar las condiciones, requisitos y normas a las que habrá de ceñirse la concesión de las ayudas que se otorguen por la Fundación AstraZeneca, en el marco de la VI convocatoria de Premios a Jóvenes Investigadores.
El objeto de la presente convocatoria es promover la investigación orientada a resultados en salud, mediante la coordinación del tejido investigador en torno a objetivos concretos y definidos, de utilidad en patologías específicas. La ayuda pretende promover la investigación entre grupos de investigación procedentes de diferentes comunidades autónomas, estructurado en un proyecto de investigación en red, orientando su actividad investigadora hacia objetivos comunes, que permitan la obtención de resultados trasladables a la población. Se prevé la concesión de la ayuda a redes compuestas por grupos de investigación que presenten proyectos de marcado carácter clínico y traslacional en cuatro áreas temáticas prioritarias para la salud, detalladas en la base cuarta de la presente convocatoria.
Los proyectos de investigación en red presentados se articularán en torno a un programa científico orientado a resultados e incluirán, al menos, tres grupos dirigidos por investigadores nacidos en 1977 o fecha posterior y de al menos tres comunidades autónomas distintas. Los proyectos deberán incluir un programa de coordinación que actuará como elemento director del mismo y de la consecución de los resultados concretos de la red.
Las ayudas que se concedan requerirán la aceptación del coordinador del proyecto de investigación en red, así como la del representante legal de la entidad solicitante beneficiaria en la que se halle adscrito el coordinador del mismo (también denominada entidad coordinadora).
En relación a la distinción del premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, se prevé conceder a un investigador clínico por su trayectoria global en el ámbito de la investigación biomédica y por su dedicación en la generación del conocimiento científico y avance en su especialidad o área de conocimiento.
Segunda.- Requisitos de los beneficiarios
Podrán beneficiarse de las ayudas incluidas en la presente convocatoria aquellas propuestas de proyectos de investigación en red que incluyan grupos de investigación dirigidos por investigadores nacidos en 1977 o fecha posterior y que desarrollen su actividad investigadora en instituciones sanitarias o universitarias públicas o privadas, organismos públicos de investigación u otros centros de investigación de todo el territorio nacional.
Quedarán excluidos de esta VI convocatoria aquellas redes coordinadas por un investigador principal que hubiese sido beneficiario de una ayuda en la V convocatoria de Premios a Jóvenes Investigadores de la Fundación AstraZeneca.
En relación al Premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica estará destinado a investigadores clínicos que actualmente desarrollen o hayan desarrollado su actividad asistencial e investigadora en centros sanitarios y/o de investigación públicos o privados en España. Deben contar con una carrera contrastada en investigación biomédica y haber contribuido a la formación de nuevos investigadores en su área de conocimiento. Se valorará especialmente que los candidatos hayan desarrollado parte de su carrera en un centro internacional y hayan regresado a España. La candidatura al premio será propuesta exclusivamente por el Patronato de la Fundación AstraZeneca.
Tercera.-Características y categorías de los grupos de investigación
La convocatoria está dirigida a proyectos de investigación en red integrados por al menos 3 grupos de investigación, liderados por investigadores nacidos en 1977 o fecha posterior, con una producción científica que permita considerar que poseen potencial para convertirse en grupos altamente competitivos, los cuales deberán presentar una única propuesta de actuación diferenciada e innovadora. Los grupos de investigación deberán estar agrupados en una red coordinada por uno de los investigadores principales participantes y que incluya grupos de, al menos, tres comunidades autónomas distintas. Los investigadores principales de los grupos de investigación participantes, incluido el coordinador, únicamente podrán presentarse a una propuesta de solicitud de proyecto en red.
La estructura de la red será como sigue:
- Una persona coordinadora de la red, que actuará como persona de interlocución con la Fundación AstraZeneca y será responsable del grupo que lidere el proyecto de investigación, así como de la coordinación científica entre los diferentes grupos participantes del cumplimiento del programa científico, incluyendo la recogida de los indicadores de cumplimiento y la puesta en marcha de las acciones correctivas ante las eventuales desviaciones, si las hubiera.
- Una persona responsable de cada grupo, que actuará como investigador principal del grupo participante en la red y ostentará su representación, siendo responsable del cumplimiento de los paquetes de trabajo asignados al mismo.
- Grupos de investigación. Definidos como conjunto de investigadores que trabajan bajo la dirección de una persona que actúa como investigador principal, publican conjuntamente en el ámbito temático al que aplican y actúan coordinados en el desarrollo y ejecución de los programas científicos que integran la red. Cada red tendrá que incluir grupos procedentes de un mínimo de tres comunidades autónomas diferentes y presentarán una propuesta única de proyecto.
Las redes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Disponer de un objetivo concreto sobre el que articular el proyecto científico dentro del área
temática elegida.
b) Poseer un proyecto científico orientado hacia el objetivo que articula la red, estructurando la participación de los diferentes grupos de investigación, así como los indicadores de ejecución que se puedan emanar para conocer el grado de ejecución del mismo.
c) Estar formadas por un conjunto de grupos de investigación del área temática a la que concurren, pertenecientes a instituciones sanitarias o universitarias públicas o privadas, organismos públicos de investigación u otros centros de investigación de todo el territorio nacional.
d) Estar constituidas por un mínimo de tres grupos de investigación pertenecientes a un mínimo de tres comunidades autónomas, liderados por investigadores nacidos en 1977 o fecha posterior, siendo uno de ellos el coordinador del proyecto en red.
La persona coordinadora del proyecto en red debe de cumplir con cada uno de los siguientes
requisitos:
a) Ser personal funcionario, estatutario o laboral en una de las entidades descritas en el
apartado segundo de las presentes Bases.
b) Haber sido investigador principal de al menos un proyecto de investigación de convocatorias
competitivas, o haber recibido alguna ayuda de programas competitivos de recursos
humanos de cualquier agencia financiadora o equivalentes.
Cuarta.- Requisitos de las propuestas de proyectos de investigación
a) Líneas de investigación admitidas
Las propuestas presentadas en el marco de la presente convocatoria sólo podrán referirse a proyectos de investigación que tengan lugar en el territorio nacional y cuenten con un plazo máximo de ejecución de 24 meses. Dicho plazo empezará a contar desde que se haga efectiva la transferencia de la ayuda.
Los proyectos deberán enmarcarse en alguna de las líneas de investigación incluidas en las siguientes
áreas temáticas:
1) Oncología, Medicina de Precisión e Inmunoncología
• Cáncer de Pulmón
• Cáncer de Ovario
• Cáncer de Mama
• Cáncer de Páncreas
• Cáncer Hereditario
• Cáncer de Próstata
• Cáncer Gastrointestinal
2) Respiratorio e Inmunología
• Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)
• Asma
• Lupus
• Enfermedades Inflamatorias Eosinofílicas
3) Cardiovascular, Renal y Metabolismo • Enfermedad Renal Crónica e Hiperpotasemia
• Insuficiencia Cardiaca
• Diabetes Mellitus tipo 2
• Síndrome Coronario Agudo
4) Vacunas e Inmunoterapias
• COVID-19
• Gripe Pediátrica
• Virus Respiratorio Sincitial (VRS)
En cuanto al Premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, estará destinado al proyecto que elija el investigador clínico galardonado, quien debe contar con una carrera contrastada en investigación biomédica y que hayan contribuido a la formación de nuevos investigadores en su área de conocimiento.
b) Ámbitos excluidos:
Quedarán excluidas las propuestas de proyectos de investigación que no se encuentren dentro de las líneas de investigación establecidas en las presentes bases.
c) Aspectos ético-legales de los proyectos de investigación:
Los proyectos de investigación que opten a las ayudas deberán respetar los principios fundamentales establecidos en la Declaración de Helsinki, en el Convenio del Consejo de Europa relativo a los derechos humanos y la biomedicina, en la Declaración Universal de la UNESCO sobre el genoma humano y los derechos humanos, así como cumplir los requisitos establecidos en la legislación española en el ámbito de la investigación médica, la protección de datos de carácter personal y la bioética, de acuerdo con la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica y los demás requisitos establecidos en la legislación española al respecto.
Quinta.- Dotación económica de las ayudas
La VI convocatoria de los Premios a Jóvenes Investigadores de la Fundación AstraZeneca está dotada con un presupuesto de novecientos cincuenta mil euros (950.000€), para financiar tanto los proyectos en red como para el Premio Honorífico.
Se prevé financiar hasta cuatro proyectos de investigación en red, uno por cada área temática admitida, según la base cuarta de la presente convocatoria, que reúnan los requisitos y condiciones descritos en las presentes bases, destinándose un total de doscientos veinticinco mil euros (225.000€) para cada uno de los proyectos de investigación en red y en el que estarán incluidos, en su caso, los costes indirectos (overheads) de gestión administrativa.
En relación a la ayuda que se concede en el marco del Premio Honorífico a la Excelencia en la
trayectoria Científica, estará dotada con cincuenta mil euros (50.000€), en un solo pago, e irá destinada al proyecto de investigación que el investigador galardonado desee que se aplique la cuantía económica del premio.
El periodo de aplicación de la ayuda será de un máximo de 2 años (24 meses) desde que se haga efectiva la transferencia de la ayuda, sin que en ningún caso se amplíe la ayuda económica concedida.
La percepción de la presente ayuda será compatible con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de naturaleza pública o privada, aunque no podrá ser empleada en los mismos gastos.
En el caso de que, tras la concesión de la ayuda por renuncia de uno o varios de los beneficiarios, se hubiera liberado crédito suficiente, la Fundación AstraZeneca podrá proponer la concesión a otra u otras entidades solicitantes beneficiarias, en función del orden de puntuación obtenido en los informes finales de valoración y en base a la priorización estratégica y de oportunidad realizada por el Comité Científico Asesor, quienes deberán aceptarlas en los mismos términos que los indicados en las presentes Bases.
Sexta.- Conceptos susceptibles de ayuda
Las ayudas que se conceden en el marco de la presente Convocatoria deberán cubrir los gastos directamente relacionados con la ejecución de las actividades en las que se articula el proyecto de investigación presentado por la entidad solicitante beneficiaria, con el alcance y límites previstos en las presentes Bases. El importe total de la ayuda incluye, en su caso, los costes indirectos (overheads) derivados de la gestión administrativa, sin que en ningún caso se amplíe la dotación económica de los proyectos indicada en la cláusula anterior.
En consecuencia, la financiación del proyecto podrá cubrir los siguientes conceptos y gastos directamente vinculados con el proyecto y se regirá por los siguientes criterios:
- Gastos del personal, directa y exclusivamente relacionados con la realización del proyecto de
investigación subvencionado. - Adquisición de bienes y contratación de servicios que incluyen: material inventariable
indispensable para la realización del proyecto, material fungible, contratación de servicios y
gastos complementarios, como material bibliográfico o gastos de publicación, entre otros. - Viajes y dietas necesarios para cumplir con los objetivos del proyecto y para la comunicación de
resultados
CONCENSIÓN DE AYUDAS Y COMUNICACIÓN
1. Presentación de solicitudes
En el caso de las ayudas a proyectos de investigación en red, los interesados podrán presentar las solicitudes junto con los anexos correspondientes telemáticamente, mediante archivos adjuntos (PDF), exclusivamente a través de la dirección de correo jovenes.investigadores@astrazeneca.com y podrán descargar el modelo de solicitud que deben cumplimentar obligatoriamente para la presentación de la convocatoria en la web de la Fundación AstraZeneca www.fundacionastrazeneca.es.
Las solicitudes se presentarán en castellano, de forma que no se evaluarán aquellos proyectos que se presente en lengua distinta a esta. En la solicitud se especificará el nombre y otros datos de identificación del coordinador y responsables de los grupos de investigación participantes.
Los investigadores principales de los grupos de investigación participantes, incluido el coordinador, únicamente podrán presentarse a una propuesta de solicitud de proyecto en red. Se podrán presentar un máximo de dos proyectos por área temática y entidad solicitante.
La participación en la convocatoria supone la aceptación de estas bases por parte del coordinador/a de la red, así como del representante legal de la entidad coordinadora. Igualmente, el representante legal de la entidad solicitante se compromete y responsabiliza de la veracidad de los datos proporcionados y del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en investigación biomédica vigentes necesarias para el adecuado desarrollo del proyecto de investigación.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de la ayuda, conforme al modelo proporcionado, firmado por el coordinador del proyecto de investigación en red, así como por el representante legal de la entidad solicitante en la que se halle adscrito el coordinador del mismo (entidad coordinadora) o, en su caso, la entidad gestora de los fondos de dicha entidad.
- Memoria del Proyecto de investigación, conforme al modelo proporcionado. En la memoria del proyecto se deberá incluir, entre otros aspectos, los objetivos y resultados que se esperan conseguir, el programa de coordinación, la descripción del plan de trabajo previsto para el desarrollo del proyecto de investigación que se presenta, la transferibilidad a la práctica clínica o el presupuesto solicitado desglosado por cada tipo de gasto.
- Curriculum Vitae Normalizado (CVN) o Abreviado (CVA), generado mediante el editor online https://cvn.fecyt.es/editor/, del coordinador del proyecto, así como de cada uno de los responsables de los grupos de investigación participantes en el proyecto en red.
El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha de publicación de la presente convocatoria hasta las 24:00 horas del 8 de septiembre de 2022. La Fundación AstraZeneca únicamente admitirá aquellas solicitudes, debidamente cumplimentadas, que hayan sido enviadas de forma online en el plazo indicado.
La presentación de cualquier solicitud fuera del plazo fijado supondrá su exclusión del presente procedimiento. No se admitirán solicitudes incompletas o que no cumplan con los requisitos de esta convocatoria.
En relación a la distinción del premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, la presentación de propuesta de candidatos será realizada exclusivamente por el Patronato de la Fundación AstraZeneca. En cada convocatoria, cada uno de los miembros del Patronato podrá presentar una única candidatura. La propuesta de candidaturas deberá presentarse por escrito, a través de una carta dirigida a la Fundación AstraZeneca cumplimentada en el modelo establecido al efecto y en la que deberán exponerse claramente los méritos del candidato/a y su trascendencia, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases. Además de la carta de propuesta de candidatura y exposición de méritos, se adjuntará un documento con los datos generales del candidato/a y curriculum vitae. En todo caso, se podrán adjuntar los documentos que se consideren oportunos para acreditar los méritos presentados y que aporten datos relevantes o información complementaria, como otros apoyos a la candidatura.
Solo serán admitidas las propuestas presentadas por miembros del Patronato de la Fundación AstraZeneca, que incluyan la documentación definida en este apartado, y remitidas dentro del plazo fijado, a la siguiente dirección de correo electrónico: jovenes.investigadores@astrazeneca.com, indicando en el asunto del mensaje: “Candidatura Premio Honorífico- Excelencia en la Trayectoria Científica”.
2. Procedimiento, criterios de valoración y órganos competentes para la evaluación de las propuestas.
2.1 Procedimiento
La evaluación de las propuestas de proyectos en red recibidas se llevará a cabo por el Instituto de Salud Carlos III, quien actuará, de forma independiente y con arreglo a los principios de transparencia, objetividad, e igualdad de trato, con arreglo al siguiente procedimiento en dos fases.
En una primera fase, las propuestas de proyectos de investigación serán sometidas a un proceso de evaluación individual atendiendo a su valor científico-técnico. Las evaluaciones serán realizadas por evaluadores independientes expertos, seleccionados por el ISCIII, con amplia trayectoria demostrada en sus respectivas áreas temáticas de investigación y experiencia en la evaluación de proyectos de investigación biomédica. A modo confidencial, al objeto de mantener la independencia evaluadora del proceso, emitirán un informe sobre cada propuesta.
En una segunda fase, se llevará a cabo una revisión en panel de los informes elaborados anteriormente por parte de una Comisión técnica de evaluación designada por el ISCIII, formada por un coordinador y 4 presidentes (1 por cada área temática) y que se encargará de elaborar un informe final que sintetice la valoración emitida de las propuestas para cada una de las cuatro categorías establecidas. Dicho informe, a modo de listado priorizado, será remitido para su custodia a la Fundación AstraZeneca, en condiciones tales que se garantice su confidencialidad. A continuación, se elevará al Consejo Científico Asesor de la Fundación AstraZeneca, quien llevará a cabo una priorización estratégica y de oportunidad, en base a la evaluación científico-técnica anterior y realizará una propuesta de concesión al Patronato de la misma, el cual resolverá en consecuencia. Si alguno de los premios quedara desierto en alguna de las áreas prioritarias como resultado de la evaluación, se podrá aplicar a otra área, de acuerdo a criterios de excelencia científica.
En relación al Premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, la candidatura será propuesta por el Patronato de la Fundación AstraZeneca y la evaluación y calificación de las candidaturas presentadas se realizará por el Comité Científico Asesor de la Fundación AstraZeneca. El Comité Científico elevará una propuesta justificada, proponiendo una relación priorizada de los 3 candidatos sobre los que, a su juicio, recaigan mayores méritos. Igualmente, el premio podrá declararse desierto, si se considerara que las candidaturas presentadas no se adaptan a los requisitos de estas bases o cuando, a juicio del Comité Científico y del Patronato de la Fundación AstraZeneca, la calidad y méritos de las propuestas presentadas no alcanzaran el nivel exigido por los objetivos y bases del Premio.
2.2 Criterios de valoración científico-técnica y estratégica de las propuestas:
Criterios de valoración científico-técnica:
a) Valoración del equipo de investigación que conforma la red (Máximo 25 puntos):
Se valorará tanto la trayectoria y contribuciones científicas de la persona coordinadora del proyecto
como de cada persona responsable de los grupos participantes en la red. Para ello se tendrán en
cuenta:
• El historial científico (proyectos, publicaciones, guías de práctica clínica y patentes) del investigador principal y del grupo en relación con la temática del proyecto.
• La calidad y liderazgo del investigador principal.
• La capacidad formativa del investigador principal y del equipo: dirección de Tesis Doctorales, de Máster y financiación de RR. HH. en convocatorias competitivas.
b) Valoración del proyecto en red (Máximo 60 puntos):
Se valorará a este respecto la calidad y viabilidad de la investigación realizada y proyectada. Para ello se tendrán en cuenta:
• La valoración de la hipótesis y del grado de competencia sobre el estado del conocimiento propio del tema; novedad, originalidad e innovación de la propuesta; claridad y concreción en la formulación de los objetivos; adecuación metodológica a los objetivos propuestos.
• Adecuación del equipo a la propuesta; plan de trabajo, distribución de tareas y cronograma; infraestructuras disponibles y capacidad de gestión; adecuación del presupuesto solicitado a los objetivos del proyecto, programa de coordinación y complementariedad de los equipos de investigación participantes y beneficios de la coordinación.
El informe con la evaluación científico-técnica realizada por el ISCIII contará con un máximo de 85
puntos, mientras que la evaluación del Consejo Científico Asesor de la Fundación AstraZeneca
contará con un máximo de 15 puntos que se sumarán en la valoración final de cada propuesta.
3. Concesión de las ayudas y comunicación a las entidades solicitantes beneficiarias
Las decisiones tomadas por el Consejo Científico Asesor de la Fundación AstraZeneca sobre las candidaturas presentadas de proyectos en red serán inapelables.
El Consejo Científico Asesor de la Fundación AstraZeneca verificará la correcta ejecución del proceso de evaluación y, a la vista del informe de valoración de las propuestas de proyectos de investigación recibido y tomando en consideración la dotación presupuestaria consignada en las Bases, llevará a cabo la priorización estratégica y de oportunidad, en la que se relacionarán las propuestas consideradas elegibles para cuatro categorías, indicando, en concreto, el presupuesto financiable, según criterios de máxima eficacia en la asignación de los recursos económicos disponibles.
El Patronato de la Fundación AstraZeneca resolverá la concesión de los premios antes del 31 de diciembre de 2022, según el procedimiento de valoración de candidaturas descrito anteriormente. Corresponderá a la Dirección de la Fundación AstraZeneca la comunicación y la publicidad de los mismos. Se comunicará a las personas premiadas en el plazo máximo de 10 días desde la resolución de la concesión por parte del Patronato, las condiciones y términos en las que se propone otorgar los premios requiriéndose la aceptación expresa del coordinador de cada proyecto seleccionado y de la respectiva entidad coordinadora (siendo aquella en la que se halle adscrita el coordinador del proyecto en red seleccionado).
La Resolución contemplará la cantidad financiada que se aplicará necesariamente a la línea de investigación de los proyectos premiados. Se concederán un total de cuatro premios, uno por cada área temática descrita en las presentes Bases.
Los participantes saben y aceptan que el nombre y apellidos de los ganadores del Premio a Jóvenes Investigadores aparecerán publicados en el sitio web de Fundación AstraZeneca.
En el caso de que, transcurrido dicho plazo, no hayan cumplido con el trámite descrito, se entenderá que renuncian a la ayuda concedida.
En relación a la distinción del premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, el premiado/a se comprometerá a donar la cuantía del premio a una institución española que incluya entre sus fines la promoción de la investigación en el ámbito de la biomedicina. El premiado/a podrá indicar la línea o proyecto de investigación concreta a la que desea destinar la donación. Igualmente, se requerirá la aceptación expresa de la institución a la que el premiado/a desea realizar la donación del premio.
En el caso de los proyectos de investigación en red, tras la aceptación expresa de la ayuda, la entidad coordinadora beneficiaria asumirá las siguientes obligaciones:
a) Gestionar el 100% de la ayuda concedida, así como distribuir los fondos obtenidos con el resto de entidades participantes. En este sentido, la entidad coordinadora podrá firmar los acuerdos de colaboración necesarios con el resto de entidades en las que se hallen adscritas las personas responsables de los grupos de investigación participantes en el proyecto en red, para el traspaso y control de los fondos asignados a cada uno de los participantes, según el plan de trabajo establecido.
b) Ejecutar el proyecto en los términos y plazos descritos en la documentación presentada, sin perjuicio de las modificaciones impuestas en cuanto al presupuesto financiable, por la propia resolución de concesión de ayuda.
b) Notificar a la Fundación AstraZeneca cualquier circunstancia concreta, debidamente justificada, que implicara cambios en las condiciones técnicas o económicas tomadas en cuenta para la concesión de la ayuda y que pudieran obligar a una modificación del proyecto aprobado. En este caso, los cambios deberán solicitarse en un plazo de dos meses antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto y solo se autorizará si no se desvirtúan los objetivos o los aspectos esenciales del proyecto. Solo excepcionalmente se autorizarán prórrogas en el plazo de ejecución del proyecto que deberán ser notificadas igualmente en un plazo de dos meses antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto.
c) Realizar un seguimiento periódico del desarrollo del proyecto para garantizar que se ajusta al plan de trabajo propuesto en la solicitud. En el plazo de 30 días naturales desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto, deberá presentarse por correo electrónico a la dirección jovenes.investigadores@astrazeneca.com una Memoria final, elaborada por la persona coordinadora del proyecto en el que se describa de forma detallada, los objetivos y resultados alcanzados en la investigación. Igualmente, podrá preverse la posibilidad adicional de que tales resultados se presenten en una reunión presencial a la que podrán ser convocados, junto con otras entidades que hubieran resultado beneficiarias de ayudas en la presente convocatoria.
d) Incluir, en cualquier publicación o medio por el que se divulgue el contenido del proyecto de investigación, una referencia expresa a la participación de la Fundación AstraZeneca en su financiación a través del Programa “Premios Jóvenes Investigadores”: en concreto, debería incluirse el siguiente texto: “Con la colaboración del Programa de la Fundación AstraZeneca Premios Jóvenes Investigadores”. No obstante, la entidad coordinadora beneficiaria se obliga a comunicar a la Fundación AstraZeneca, con antelación suficiente, la realización de cualquier acto de comunicación pública de los resultados obtenidos a través del proyecto de investigación objeto de ayuda en el marco de la presente convocatoria. Todo ello se entiende, sin perjuicio de la titularidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial que pudieran derivarse de la ejecución del proyecto que serán de titularidad de sus autores en los términos previstos en la legislación aplicable. No obstante, los autores prestarán su consentimiento expreso a que la Fundación AstraZeneca pueda citarlos en tal condición, tanto en su página web como, en su caso, en cualquier otra publicación de la Fundación AstraZeneca.
e) Presentar copia justificada de los gastos correspondientes a las partidas que conforman el presupuesto financiable aprobado para la ejecución del proyecto de investigación, en el caso de que la Fundación AstraZeneca así lo requiera. A tal efecto, se exigirá la aportación de facturas acreditativas de los gastos y pagos realizados, así como de cualquier otra documentación que pudiera servir para demostrar la realización del pago por parte de la entidad solicitante beneficiaria conforme a la práctica mercantil.
f) Conservar la documentación justificativa, tanto del pago de la ayuda por parte de la Fundación AstraZeneca, como de la aplicación de los fondos recibidos durante un período de seis años a contar desde su presentación a efectos de eventuales actuaciones de comprobación y control.
g) Devolver, total o parcialmente, el importe de la ayuda recibida en el caso de no ejecutar, total o parcialmente, el proyecto de investigación financiado o de no justificar su ejecución en los términos descritos en las presentes Bases.
4. Pago de la ayuda
La ayuda aprobada por la Fundación AstraZeneca será abonada mediante un pago único a la entidad coordinadora beneficiaria, en la que se halle adscrita la persona coordinadora del proyecto en el plazo de 30 días naturales, a contar desde la aceptación de la ayuda a que se alude en el punto anterior.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por la entidad coordinadora beneficiaria en su solicitud.
En relación al Premio Honorífico a la Excelencia en la Trayectoria Científica, se abonará el pago al centro donde se desarrolle la línea de investigación a la que el premiado desee realizar la donación.
5. Seguimiento de resultados de los proyectos de investigación en red por parte de la Fundación AstraZeneca
La Fundación AstraZeneca se reserva el derecho a realizar una evaluación final de las contribuciones científicas conseguidas en la aplicación de la ayuda en la línea financiada, así como una evaluación económica justificativa de la aplicación dada a los fondos. Se facilitará a las personas premiadas, en el momento de la concesión, un modelo normalizado de memoria justificativa que sirva de base a dicha evaluación.
6. Difusión del Programa
Tanto los grupos de investigación donde estén integradas las personas coordinadoras de los proyectos premiados, como las entidades coordinadoras, deberán dar publicidad al Programa en los medios empleados de forma común en la difusión de los resultados de la investigación financiada. Para ello, deberán indicar: “Esta línea ha sido financiada por la Fundación AstraZeneca a través de la Convocatoria de Premios a Jóvenes Investigadores, dentro del Programa de Fomento de los Jóvenes Científicos Españoles”.
Igualmente, los investigadores premiados participarán en unas jornadas organizadas por la Fundación AstraZeneca de apoyo a Jóvenes Investigadores, donde se les entregarán formalmente las ayudas.
7. Confidencialidad y tratamiento de datos.
La Fundación AstraZeneca es la responsable del tratamiento de los datos personales facilitados por los participantes en la VI Convocatoria del Premio Jóvenes Investigadores, los cuales se utilizarán para gestionar su participación en la Convocatoria de acuerdo a las bases anteriormente expuestas. La base jurídica del tratamiento es el consentimiento del interesado. Los datos serán procesados y conservados según lo establecido en nuestra política de privacidad y retención de datos accesible en www.astrazeneca.es y podrán comunicarse a Administraciones Públicas para el cumplimiento de obligaciones legales. Su información personal podrá ser compartida con otras compañías del grupo AstraZeneca. Además, podrán comunicarse a las siguientes categorías de encargados: Proveedores de comunicaciones electrónicas y ofimática, así como agencias de comunicación. Los interesados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y oposición, así como retirar en cualquier momento el consentimiento, visitando www.astrazenecapersonaldataretention.com. Los interesados pueden presentar una reclamación ante la autoridad de control si lo estiman oportuno en http://ec.europa.eu/justice/dataprotection/bodies/authorities/index_en.htm. La Fundación AstraZeneca ha designado un responsable de protección de datos, encargado de supervisar el cumplimiento de la Fundación AstraZeneca de la regulación europea de protección de datos, al que puede contactar en Privacy@astrazeneca.com en caso de cualquier pregunta o inquietud sobre el procesamiento de sus datos personales.